Principales medidas de la nueva Ley de Vivienda. 

1.- Zonas de mercado residencial tensionado: Las Administraciones competentes en materia de vivienda podrán declarar por tres años las zonas de mercado residencial tensionado, prorrogables anualmente si las circunstancias persisten. 

2.- Congelación de rentas para inquilinos actuales: En las áreas de mercado residencial que se declaren tensionadas, los arrendatarios actuales podrán acogerse a una prórroga extraordinaria del contrato en vigor con carácter anual y por un período máximo de tres años. 

3.- Congelación de nuevos contratos de alquiler: En esas áreas que se declaren tensionadas, para los nuevos contratos de viviendas de alquiler, se podrá limitar la renta a la del contrato anterior, solo con el incremento del IPC correspondiente. 

4.- Estímulos fiscales a los pequeños propietarios: Se estimulará fiscalmente el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través de la modulación de la reducción del rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual. 

5.- Figura del gran tenedor: El Anteproyecto de Ley de Vivienda define como gran tenedor a aquella persona física o jurídica que sea titular de más de 10 viviendas -excluyendo garajes y trasteros- o de una superficie construida de uso residencial de más de 1.500 m2. 

Otras medidas destacadas son la movilización de la vivienda vacía, el parque público de viviendas, la reserva del 30% de la obra nueva a VPO y los procedimientos de desahucios en personas en situación de vulnerabilidad. 

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