Los animales han dejado de ser “cosas” o bienes en España.
Pasan a ser considerados seres vivos dotados de sensibilidad.
Es la consecuencia de la entrada en vigor de la proposición de ley que modifica el Código Civil y la ley de Enjuiciamiento Civil en lo relativo al régimen jurídico de los animales. La consideración del animal de compañía como ser dotado de sensibilidad es la traducción legal de una realidad ya sentida por buena parte de la población española.
Si bien todas las personas que buscan un arrendamiento saben bien que si se tiene mascota es muy difícil encontrar Arrendadores que los acepten.
En OC | HABITAT estamos intentando ayudar, en este sentido a nuestros clientes, tanto arrendadores como arrendatarios que busquen alquiler con mascotas.
Nuestra solución para ambas partes es contratar un seguro de contenido y responsabilidad civil incluyendo la mascota, de esta forma los posibles daños que se puedan producir serán cubiertos por el seguro.